Agustín Fernández Márquez

El Sector del Higo en Cáceres

 

Anexo II

Normas de calidad de los higos secos no transformados

 

El Reglamento CEE nº 1709/84 de la Comisión, establece la clasificación y normas de calidad de los higos secos.

 

Definición del producto

La materia prima para la elaboración de higos transformados y pasta debe proceder de frutos maduros de las variedades cultivadas procedentes de Ficus carica L, habrán de ser sanos, cabales, comerciales y aptos para la transformación.

 

Especificación de calidad

1.- Clasificación y características

Los higos scos no transformados se clasifican en cuatro categorías, que se definen seguidamente:

Categoría A

Los higos secos clasificados en esta categoría se deberán recolectar en estado de plena madurez. Deben:

- tener una piel fina y una pulpa de consistencia melosa,

- ser de color amarillo,

- estar limpios.

Categoría B

Los higos secos clasificados en esta categoría se deberán recolectar en estado de madurez. Deben:

- tener una piel fina y una pulpa de consistencia melosa,

- ser de color uniforme,

- estar limpios.

Categoría C

Los higos secos clasificados en esta categoría se deberán recolectar en estado de madurez. Deben:

- tener una piel fina,

- prestar cierta uniformidad de color,

- estar limpios.

Categoría D

Los higos secos clasificados en esta categoría se deberán recolectar en estado de madurez y estar limpios.

El reglamento CEE nº 2294/89 de la Comisión de 27 de julio de 1989, modifica los criterios de definición en el número de frutos por kg; atendiendo a las características de los higos de variedades pequeñas procedentes de España y Portugal, por contener un número elevado de frutos por kg.

2.- Calibre

Dentro de cada categoría, el calibre de los frutos secos no transformados se determinará según el número de frutos por kilogramo, de acuerdo con el siguiente cuadro:

Categoría
Variedades fruto pequeño
Otras variedades

A

hasta 74

hasta 64

B

de 75 a 84

de 65 a 74

C

de 85 a 110

de 75 a 94

D

más de 110

más de 94

El calibre se determinará a partir de una muestra representativa del conjunto del lote recogido al azar.

3.- Contenido de humedad

El contenido de humedad de los higos secos no deberá ser superior al 24%.

4.- Tolerancia

Se admiten tolerancias de calidad en cada envase para los productos que no se ajusten a las exigencias de la categoría de que se trate.

Categoría A

- un 15% en número y en peso de higos secos con daños interiores o exteriores debidos a una causa cualquiera, de los cuales haya, como máximo, un 5% de higos dañados por insectos.

- un 1% en número o en peso de higos secos no aptos para la transformación.

Categoría B

- un 25% en número o en peso de higos secos con daños interiores o exteriores debidos a una causa cualquiera, de los caules haya, como máximo, un 12% de higos dañados por insectos.

- un 4% en número o en peso de higos secos no aptos para la transformación.

Categoría C

- un 35% en número o en peso de higos secos con daños interiores o exteriores debidos a una causa cualquiera, de los caules haya, como máximo, un 20% de higos dañados por insectos.

- un 6% en número o en peso de higos secos no aptos para la transformación.

Categoría D

- un 50% en número o en peso de higos secos con daños interiores o exteriores debidos a una causa culquiera.
 

 

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